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Paulo III, en las Letras Apostólicas Regimini militantis Ecclesiae, de 27 de septiembre de 1540. La Fórmula antes citada [es decir, la que contiene el Instituto de vida de Ignacio y sus compañeros] es del siguiente tenor y dice así:
I.- Cualquiera que en nuestra Compañía, que deseamos se distinga con el nombre de Jesús, quiera ser soldado para Dios bajo la bandera de la Cruz, y servir al solo Señor y al Romano Pontífice su Vicario en la tierra, tenga entendido que, una vez hecho el voto solemne de perpetua castidad, forma parte de una Compañía fundada ante todo para atender principalmente al provecho de las almas en la vida y doctrina cristiana y para la propagación de la fe, por medio de predicaciones públicas y ministerio de la palabra de Dios, de ejercicios espirituales y de obras de caridad, y concretamente por medio de la educación en el Cristianismo de los niños e ignorantes, y de la consolación espiritual de los fieles cristianos, oyendo sus confesiones.
Y procure tener ante los ojos siempre primero a Dios, y luego el modo de ser de su Instituto, que es camino hacia Él, y alcanzar con todas sus fuerzas este fin que Dios le propone; cada uno, sin embargo, según la gracia que el Espíritu Santo le comunique, y el grado propio de su vocación, (no sea que alguno tenga quizás celo, pero sin discreción). El decidir sobre el grado de cada uno, y el discernir y distribuir los oficios, estará totalmente en manos del Prepósito o prelado que tendremos que elegir, para que se guarde el orden conveniente necesario en toda comunidad bien constituida. Este Prepósito, con el Consejo de sus compañeros (correspondiendo siempre a la mayoría de votos el derecho a decidir), tendrá autoridad para hacer en Consejo Constituciones, que ayuden a la realización de este fin que nos hemos propuesto.
El Consejo en los asuntos más importantes y definitivos se entienda ser la mayor parte de toda la Compañía que el Prepósito pueda cómodamente convocar. En los asuntos menos importantes y no definitivos, todos aquellos que se hallen presentes en el lugar donde resida nuestro Prepósito. El pleno derecho de mandar estará en el Prepósito.
II.- Todos los compañeros no sólo sepan en el momento de profesar, sino se acuerden cada día durante toda su vida, de que la Compañía entera y cada uno militan para Dios, bajo la fiel obediencia de nuestro santísimo señor el Papa, y de los otros romanos pontífices sus sucesores. Y aunque conozcamos por el evangelio y sepamos por la fe ortodoxa, y firmemente confesemos que todos los fieles cristianos están sometidos al romano pontífice como a cabeza, y vicario de Jesucristo, con todo, para una mayor humildad de nuestra Compañía, y una perfecta mortificación de cada uno y abnegación de nuestras voluntades, hemos juzgado que lo más conveniente con mucho es que cada uno de nosotros estemos ligados, además del vínculo ordinario, con un voto especial, por el cual nos obligamos a ejecutar, sin subterfugio ni excusa alguna, inmediatamente, en cuanto de nosotros dependa, todo lo que nos manden los Romanos Pontífices, el actual y sus sucesores, en cuanto se refiere al provecho de las almas y a la propagación de la fe; y [a ir] a cualquiera región a que nos quieran enviar, aunque nos envíen a los turcos, o a cualesquiera otros infieles, incluso los que viven en las regiones que llaman Indias; o a cualesquiera herejes o cismáticos, o a los fieles cristianos que sea.
Por lo cual, los que quieran agregarse a nosotros, y antes de echar sobre sus hombros esta carga, ponderen despacio y a fondo si tienen tanto caudal de bienes espirituales que puedan dar cima a la construcción de esta torre, según el consejo del Señor. Es decir, si el Espíritu Santo que los impulsa les promete tanta gracia que puedan esperar, con su auxilio, llevar el peso de su vocación. Y después que, inspirados por el Señor, se hayan alistado en esta milicia de Jesucristo, deben estar preparados, día y noche, ceñida la cintura, para pagar esta deuda tan grande.
Y para que no pueda haber entre nosotros ambición o rechazo de tales misiones o destinos, prometa cada uno que no tratarán nunca con el Romano Pontífice, directa o indirectamente nada que se refiera a esas misiones, sino que han de dejar todo este cuidado a Dios y al propio Pontífice, como Vicario suyo, y al Prepósito de la Compañía. El cual, como los demás, prometa también que no tratará nada, en un sentido o en otro, con el dicho Pontífice, acerca de su propia misión, si no fuese con el consejo de la Compañía.
III.- Hagan todos voto de que en todo lo que toca a la observancia de esta nuestra Regla, obedecerán al Prepósito de la Compañía. Él mande lo que viera ser oportuno para la consecución del fin que Dios y la Compañía le han señalado; en su gobierno acuérdese siempre de la benignidad, mansedumbre y caridad de Cristo, del modelo de Pedro y Pablo. Y tanto él como el Consejo tengan constantemente delante de los ojos esta norma. Y en concreto, tengan encomendada la formación de los niños y de las personas de bajo nivel cultural en la doctrina cristiana de los diez mandamientos y de otros principios elementales semejantes que, según las circunstancias de personas, lugares y tiempos, les parecieren oportunos. Porque es absolutamente necesario que el Prepósito y el Consejo cuiden con especial vigilancia de este ministerio, pues en los prójimos no puede levantarse el edificio de la fe sin fundamento; y en los nuestros hay peligro de que cuanto más sabio es uno, quizá rehúse más esta parcela de trabajo, como menos brillante, a primera vista, siendo así que no hay ninguna tan fecunda, tanto para la edificación del prójimo, como para que los Nuestros ejerciten a la vez oficios de caridad y de humildad.
Por su parte, los que están bajo su autoridad, tanto por las grandes ventajas que lleva consigo el orden, como por el ejercicio constante de la humildad, nunca suficientemente alabado, estén obligados siempre a obedecer al Superior, en todas las cosas que pertenecen al Instituto de la Compañía, y reconozcan en él, como presente, a Cristo, y lo veneren como es debido.
IV.- Como hemos experimentado que es más feliz, más pura y más apta para la edificación del prójimo la vida que se aparta lo más posible de todo contagio de avaricia, y se asemeja lo más posible a la pobreza evangélica; y como sabemos que nuestro Señor Jesucristo proveerá lo necesario para el sustento y vestido de sus siervos que no buscan más que el reino de Dios, hagan todos y cada uno voto de perpetua pobreza, declarando que ni en particular ni en común, puedan adquirir derecho civil alguno a cualesquiera bienes estables, o a proventos o a ingresos algunos, para el sustento y uso de la Compañía, contentándose con recibir exclusivamente el uso de las cosas donadas a ellos, para procurarse lo necesario.
Sin embargo, puedan tener en las Universidades Colegio o Colegios que tengan rentas, censos y posesiones, que se deberán aplicar a los usos y cosas necesarias de los estudiantes; quedando reservado al Prepósito o a la Compañía todo el régimen de gobierno y superintendencia sobre dichos Colegios y estudiantes, respecto a la elección del Superior o Superiores, y de los estudiantes, y a su admisión, despido, recepción y exclusión, a la ordenación de estatutos, a la instrucción, enseñanza, formación y corrección de los escolares, al modo de proporcionarles alimento y vestido y a todo lo referente al gobierno, dirección y cuidado. Sin embargo, de manera que ni los estudiantes puedan usar mal de los dichos bienes, ni la Compañía los pueda aplicar a su propia utilidad, sino para proveer a las necesidades de los estudiantes. Los cuales, una vez conocido su aprovechamiento en espíritu y letras, y después de una suficiente probación, podrán ser admitidos en nuestra Compañía.
V.- Todos los compañeros que sean presbíteros, aunque no tengan beneficios eclesiásticos o las rentas de ellos, estarán sin embargo obligados a rezar el oficio divino según el rito de la Iglesia, cada uno en privado y en particular, y no en común.
Esto es lo que, sometido al beneplácito del ya dicho señor nuestro Paulo, y de la Sede Apostólica, hemos podido explicar, a modo de imagen de nuestra profesión. Lo hemos hecho ahora, para informar sumariamente con este escrito tanto a los que nos preguntan sobre nuestro género de vida, como también a nuestros sucesores, si Dios quiere que tengamos en alguna ocasión quienes nos sigan por este camino. Y como hemos experimentado que éste lleva consigo muchas y grandes dificultades, nos ha parecido oportuno establecer que nadie sea admitido en esta Compañía, si no ha sido probado larga y diligentísimamente. Y cuando se muestre prudente en Cristo, y señalado en doctrina y pureza de vida cristiana, entonces finalmente sea admitido en la milicia de Jesucristo.
Dígnese Él favorecer estos nuestros débiles comienzos, a gloria de Dios Padre, al cual se dé siempre toda alabanza y honor por los siglos. Amén.
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